La Asociación de Consumidores y Usuarios ACOVAL de Los Ríos recuerda a las y los consumidores que tienen derechos, aunque tengan deudas impagas. Entre ellos:
-Las empresas, al realizar acciones de cobranza extrajudicial, no pueden informarles a otras personas sobre su deuda, como a los familiares o el jefe. Es decir, está prohibida cualquier conducta que afecte su privacidad o situación laboral.
-Los llamados de cobranza sólo se pueden realizar de lunes a sábados entre las 8:00 y las 20:00 horas.
-Las empresas no pueden enviarles a los consumidores documentos que aparenten ser escritos judiciales, con el propósito de amedrentarlos.
-Los consumidores tienen derecho a pagar su deuda directamente a la empresa a la que le debe.
-Los gastos de cobranza debenrespetar los topes establecidos en la ley.
-Derecho a que le exijan los gastos de cobranza sólo después de 20 días.
-Los consumidores tienen derecho a salir de Dicom si pagaron su deuda o la repactaron, y a aceptar expresamente que le repacten su deuda.
REPACTACIÓN
En caso de verse en la necesidad de repactar una deuda, las y los consumidores tienen derecho a:
-La repactación de una deuda debe ser expresamente aceptada por el consumidor.
-Las nuevas condiciones establecidas en la repactación, como cobros y plazos, deben respetarse.
-Que un consumidor tenga deudas impagas no es razón para que las empresas cambien sin permiso lo establecido en el contrato y renegocien la deuda vencida.
-No importa si la nueva forma de pago es más beneficiosa para el deudor; la empresa tiene igualmente obligación de pedir su consentimiento y respetar lo convenido.
-Al repactar se generan nuevos plazos y condiciones por lo que la deuda deja de estar vencida. Por ello, la empresa debe sacar de los registros de morosidad como DICOM al consumidor que esté pagando sus cuotas y detener las acciones judiciales de cobranza.
-La repactación encarece la deuda por los intereses, gastos de cobranza y mayor plazo. No obstante, los consumidores que aceptan una reprogramación de su deuda tienen derecho a que no se les cobre intereses por sobre la Tasa de Interés Máxima Convencional ni los gastos de cobranza superen los topes establecidos en la ley.